Se inicia el debate de los proyectos por la despenalización del aborto, ello se dará en la Comisión de Legislación Penal en el Congreso de la Nación, en dicho marco nos expedimos:
DECLARACIÓN DE ORGANIZACIONES Y ALIANZA ABOGAD@S POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES:
Informe del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
Las/os abajo firmantes integrantes de la ALIANZA NACIONAL DE ABOGAD@S POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES y otras organizaciones celebramos el Informe del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos, sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, de conformidad con las resoluciones 15/22 y 6/29 del Consejo de Derechos Humanos.
El 3 de agosto de este año, el Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos, Anand Grover, emitió un informe que examina la tipificación como delito de determinados servicios de salud sexual y reproductiva y sus consecuencias para el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Particularmente, estudia el impacto negativo sobre la atención de la salud —incluido el acceso a bienes, servicios e información— y sobre las libertades y la dignidad de las personas afectadas, especialmente las mujeres, que tienen las leyes penales y restricciones jurídicas de otra índole para regular el aborto, la conducta durante el embarazo, la educación sexual y reproductiva y los métodos anticonceptivos y de planificación de la familia.
Quienes integramos la ALIANZA NACIONAL DE ABOGAD@S POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES y otras organizaciones entendemos que es fundamental resaltar, frente a la próxima discusión respecto a la despenalización y legalización del aborto que se llevará a cabo en la Comisión de Derecho Penal del Congreso de la Nación el próximo 1 de noviembre, el hecho de que mantener la penalización del aborto en nuestro país significa una violación a los DDHH de las mujeres que debe ser inmediatamente removida.
En su informe, el Relator apunta que la aplicación de algunas leyes penales y otras restricciones jurídicas que impiden o dificultan el acceso a determinados bienes de salud sexual y reproductiva, como los métodos anticonceptivos, prohibir directamente un servicio determinado, como el aborto, o prohibir el suministro de información sexual y reproductiva mediante programas educativos escolares o por otros medios, constituyen una forma injustificable de coerción sancionada por el Estado y una violación del derecho a la salud, a la autonomía, a la dignidad humana y a la igualdad de las mujeres.
El Relator afirma que estas disposiciones afectan particularmente a las mujeres que desean abortar o utilizar métodos anticonceptivos, dada la fisiología de la reproducción humana y el contexto social, jurídico y económico en que se encuadran la sexualidad, la fertilidad, el embarazo y la paternidad, muy condicionado por el género y los estereotipos que se basan en la convicción de que la libertad de la mujer, especialmente en lo que respecta a su identidad sexual, debe reducirse y controlarse. El informe afirma que la penalización y su consecuente estigma refuerzan la relación de causalidad entre los estereotipos de género, la discriminación y la marginalización de las mujeres y las niñas y su disfrute del derecho a la salud sexual y reproductiva.
Además, menciona que las restricciones también afectan a amigos/as o familiares que ayudan a las mujeres que desean abortar; profesionales que practican abortos; docentes que imparten educación sexual; farmacéuticos/as que suministran métodos anticonceptivos; empleados/as de instituciones establecidas para prestar servicios de planificación de la familia; activistas de derechos humanos que defienden el derecho a la salud sexual y reproductiva; y adolescentes que desean tener acceso a métodos anticonceptivos para mantener relaciones sexuales consentidas.
El relator también señala que la legislación restrictiva carece de eficacia como intervención en el ámbito de la salud pública, mientras que la “moralidad pública” no puede esgrimirse como pretexto para promulgar o aplicar leyes que puedan dar pie a violaciones de los derechos humanos. Por ello, la aplicación de esas leyes debe reconsiderarse inmediatamente, y que su eliminación no debe ser progresiva ya que no constituye una carga pesada desde el punto de vista de los recursos, ni siquiera de minimis.
Finalmente, el informe sostiene que los Estados deben llevar a cabo reformas encaminadas a desarrollar y aplicar políticas y programas relacionados con la salud sexual y reproductiva, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. En este contexto, exhorta a los Estados a llevar adelante numerosas acciones entre las que se destacan:
- Elaborar políticas y programas amplios de planificación de la familia que proporcionen una amplia gama de bienes, servicios e información en relación con los métodos anticonceptivos y que estén disponibles y sean accesibles y de calidad;
- Despenalizar el aborto y derogar las leyes conexas, como las relativas a la facilitación del aborto;
- Como medida provisional, considerar la posibilidad de que las autoridades competentes formulen políticas y protocolos que impongan una moratoria a la aplicación de las leyes penales relativas al aborto, incluida la obligación jurídica impuesta a los profesionales de la salud de denunciar a las mujeres a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley.
Los/as abajo firmantes consideramos que el informe del Relator Especial contiene exhortaciones claras para los Estados, quienes deberían modificar y adecuar sus políticas pública y su legislación a dichas directrices. Asimismo, el informe constituye una herramienta importante de incidencia para las organizaciones de la sociedad civil que trabajan por los derechos reproductivos y sexuales, con recomendaciones claras para requerir al Estado medidas urgentes para la protección de los derechos humanos de las mujeres. Consideramos esencial que el informe se circule para que los gobiernos lo conozcan, y ajusten sus normativas conforme las recomendaciones del Relator.
El informe está disponible online en:
http://www.sxpolitics.org/wp-content/uploads/2011/09/report_ingles_grover.pdf